El ingreso mínimo vital es una prestación social que está exenta del impuesto de la renta, dentro de ciertos límites (no pueden superarse los 11.279,39 euros), FACU/CIVITAS te informa como debes proceder e intenta solucionar tus posibles dudas.
Ajustar cuentas con Hacienda si has percibido el ingreso mínimo vital es más sencillo de lo que piensas
- Si has recibido el ingreso mínimo vital durante 2020 debes presentar ahora la declaración del IRPF. Además, no solo el titular del ingreso (el que recibe la transferencia) debe presentarla, sino también todos y cada uno de los miembros de su unidad de convivencia, sean niños o mayores.
- No importa la cuantía de tus ingresos. Aunque hayan sido muy pequeños, haber recibido esa renta basta para tener la obligación de declarar.<
- Es muy posible que no tengas que pagar nada. Casi siempre, la declaración será muy sencilla, sin ingresos que incorporar y con cuota cero (ni a ingresar, ni a devolver).
- Junto al ingreso mínimo vital, puede que percibas otras ayudas para colectivos en riesgo de exclusión social, como la renta mínima de inserción, rentas garantizadas y ayudas similares autonómicas o municipales. Si la suma de esas prestaciones excede de una vez y media el IPREM (o sea, la cantidad de 11.279,39 euros), tendrás que declarar lo que sobrepase el límite como un «rendimiento del trabajo».
- Si la unidad de convivencia recibe el ingreso mínimo vital en una única cuantía para todos, la cantidad que se atribuye a cada miembro será el resultado de dividir la prestación total entre el número de beneficiarios.
Cómo declarar en Renta Web
- Si decides hacer o el trámite online, accede a tu perfil de contribuyente en Renta WEB y el programa te indicará que por haber percibido el ingreso mínimo vital estás obligado a declarar.
- 1. Si el ingreso mínimo vital sumado a otras prestaciones no pasa de 11.279,39 euros, está exento.
- Si solamente has percibido la transferencia del ingreso mínimo vital o bien has recibido alguna más correspondiente a prestaciones de otra clase, pero la suma de todas no supera el límite, el programa te dirá lo que viene al caso (básicamente, te recordará que tu única obligación se limita a presentar la declaración).
- 2. Si el ingreso mínimo vital sumado a otras prestaciones supera los 11.279,39 euros, no está exento
- Si en 2020 has percibido el ingreso mínimo vital, pero también otras rentas (la renta mínima de inserción, ayudas de carácter social…) y la suma supera ese límite, el apartado «rendimientos íntegros de trabajo personal» se rellenará de forma automática con el excedente. Por ejemplo, si has recibido en total 13.279,39 euros de transferencias incluyendo el ingreso mínimo vital, el excedente que se incluirá como rendimientos íntegros de trabajo personal será de 2.000 euros y RentaWeb calculará la tributación correspondiente (no tendrás derecho a las deducciones por maternidad, por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo que corresponden a los trabajadores cotizantes).
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