Tras años de lucha judicial, en los que Volkswagen recurrió a todos los medios para dilatar el proceso, el pasado 25 de enero el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid dictaba sentencia. Una sentencia favorable a los consumidores, que consideraba práctica comercial desleal la actuación de Volkswagen y por la que :
- Declara probado que la actuación de Volkswagen fue una práctica comercial desleal.
- El Juez ordena al demandado, Grupo VW, que cese en esta conducta, y le prohíbe su repetición en el futuro.
- Obliga a la reparación de todos los vehículos afectados, mediante la modificación, de manera gratuita, del software instalado o mediante el cambio de hardware si fuera preciso.
- Reconoce a los afectados el derecho a una indemnización por los daños y perjuicios: 3.000 euros por afectado.
Como era previsible, en febrero presentaba un recurso de apelación contra esa sentencia alegando básicamente cuestiones formales sobre falta de legitimación y de competencia del juzgado. Con este recurso dificulta la respuesta de los magistrados de la Audiencia Provincial y trata de evitar asumir sus responsabilidades económicas frente a los afectados.
Ante esto FACU manifiesta :
- Su disconformidad absoluta con la alegación de VW sobre nulidad de actuaciones por el hecho de haberse enjuiciado en Madrid en lugar de Barcelona (entre otros motivos, la propia compañía facilita en su web los distintos establecimientos que hace suyos para su relación con los usuarios).
- Sostiene la correcta valoración de la prueba, insistiendo en que el trucaje de los motores está comprobado. Y no se trata de que los vehículos funcionaran o no, sino que el fondo de la cuestión es que la empresa automovilística Volkswagen ha seguido una conducta totalmente contraria a la buena fe, cometiendo un acto desleal para con sus clientes. Volkswagen debe responder de ello, sin tratar de evadir con artimañas legales la responsabilidad que tiene frente a los usuarios.
En FACU confíamos en la justicia: y esperamos que los magistrados de la Audiencia Provincial sean tan contundentes como lo ha sido el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid y ratifiquen la sentencia favorable a los consumidores.
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